A todos losque quieran desarrollar su perfil profesional como consultor externo o personal propio de las empresas que decidan implantar sus propios departamentos de seguridad y protección de datos y para aquellos profesionales y empresarios que decidan llevar directamente su sistema de seguridad.
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Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal
PRIMER BLOQUE
OBJETO DE LA LEY.
DEFINICIONES.
AMBITO DE APLICACION DE LA LEY
SEGUNDO BLOQUE
PRINCIPIOS DE LA PROTECCION DE DATOS
. Calidad de los datos
. Derechos de la información en la recogida de datos
. Consentimiento del afectado
. Datos especialmente protegidos
. Datos relativos a la salud
. Seguridad de los datos
. Deber de secreto
. Comunicación de datos
. Acceso a los datos por cuenta de terceros
TERCER BLOQUE
. Impugnación de valoraciones.
. Derecho de consulta al Registro General de Protección de Datos.
. Derecho de acceso.
. Derecho de rectificación y cancelación.
. Procedimiento de oposición, acceso, rectificación o cancelación.
. Tutela de los derechos
. Derecho de indemnización
CUARTO BLOQUE
FICHEROS DE TITULARIDAD PUBLICA
FICHEROS DE TITULARIDAD PRIVADA:
. Creación
. Notificación e inscripción registral
. Comunicación en la cesión de datos
. Datos incluidos en las fuentes de acceso público
BREVE REFERENCIA AL SISTEMA INTERNACIONAL DE DATOS
QUINTO BLOQUE
AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCION DE DATOS ( breve mención)
INFRACCIONES Y SANCIONES
. Responsables
. Tipos de infracciones
. Tipos de Sanciones
. Infracciones de las AAPP
SEXTO BLOQUE
EL DOCUMENTO DE SEGURIDAD
LA AUDITORIA
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